Un número creciente de casas de apuestas deportivas están recurriendo a Acciones de Amparo para evitar el pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), luego de que el Poder Ejecutivo emitiera el Decreto Legislativo 1644, considerado “discriminatorio” y que fomenta la “competencia desleal”.

Según el abogado tributarista José Verona, este decreto es lesivo para las empresas peruanas de apuestas deportivas, ya que les obliga a asumir el costo del ISC, mientras que las empresas extranjeras pueden trasladar este costo a los jugadores.

“Este DL es una norma discriminadora porque para las empresas extranjeras dispone que el ISC lo pague el jugador pero que las empresas peruanas asuman este costo, lo que trae consigo una evidente competencia desleal”, afirmó Verona.

El especialista recordó que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) había entendido que el pago del 1% sobre los bonos otorgados a los jugadores hacía inviable la actividad y ponía en riesgo miles de puestos de trabajo.

La Corrección del Congreso

Ante esta situación, el Congreso ha aprobado una corrección a la ley para evitar que las empresas de apuestas deportivas sigan recurriendo a Acciones de Amparo. La autógrafa de ley que modifica la Ley 31557, que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, está pendiente de promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

Se espera que la corrección entre en vigor en la quincena de julio, lo que pondría fin a la incertidumbre jurídica y permitiría a las empresas de apuestas deportivas operar de manera más justa y equitativa.

Demandas de Inconstitucionalidad

Un número creciente de casas de apuestas deportivas están recurriendo a Acciones de Amparo para evitar el pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), luego de que el Poder Ejecutivo emitiera el Decreto Legislativo 1644, considerado “discriminatorio” y que fomenta la “competencia desleal”.

Según el abogado tributarista José Verona, este decreto es lesivo para las empresas peruanas de apuestas deportivas, ya que les obliga a asumir el costo del ISC, mientras que las empresas extranjeras pueden trasladar este costo a los jugadores.

“Este DL es una norma discriminadora porque para las empresas extranjeras dispone que el ISC lo pague el jugador pero que las empresas peruanas asuman este costo, lo que trae consigo una evidente competencia desleal”, afirmó Verona.

El especialista recordó que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) había entendido que el pago del 1% sobre los bonos otorgados a los jugadores hacía inviable la actividad y ponía en riesgo miles de puestos de trabajo.

La Corrección del Congreso

Ante esta situación, el Congreso ha aprobado una corrección a la ley para evitar que las empresas de apuestas deportivas sigan recurriendo a Acciones de Amparo.

La autógrafa de ley que modifica la Ley 31557, que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, está pendiente de promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

Se espera que la corrección entre en vigor en la quincena de julio, lo que pondría fin a la incertidumbre jurídica y permitiría a las empresas de apuestas deportivas operar de manera más justa y equitativa.

Demandas de Inconstitucionalidad

Verona también advirtió que el DL 1644 no incluyó específicamente en las operaciones gravadas a las apuestas deportivas en la ley del ISC, lo que abre la puerta para que las empresas presenten demandas de inconstitucionalidad.

“El Estado estaría cobrando un impuesto que carece de aspectos fundamentales para su vigencia”, concluyó el especialista.