Aprobaron directiva sanitaria aprobada con Resolución Ministerial N° 214-20-Ministerio de Salud (Minsa). (Foto: difusión)
Aprobaron directiva sanitaria aprobada con Resolución Ministerial N° 214-20-Ministerio de Salud (Minsa). (Foto: difusión)

Las actividades de en niños, adultos mayores, gestantes y población en riesgo se incorporarán paulatinamente una vez concluido el aislamiento social obligatorio por el nuevo ( en el país, según dispone la directiva sanitaria aprobada con Resolución Ministerial N° 214-20-.

La directiva sanitaria indica que terminado el descenso de la curva epidémica por el COVID-19, se reiniciará la vacunación regular en horarios restringidos y diferenciados, previamente planificados.

Además, se establecerá en los establecimientos de salud un sistema de citas en horario de atención diferenciado por edades, grupos de riesgo y grupos vulnerables, entre otros. De igual forma, se vacunará a la población organizada en albergues, centros geriátricos, escuelas públicas, privadas, centros comunales y se empezará la vacunación contra la influenza a personal de salud y personas con comorbilidad.

En el caso de las personas enfermas, particularmente los adultos mayores y con alguna comorbilidad, no deberán asistir a los puntos de vacunación, para estos casos se utilizará una brigada móvil para vacunar a estas personas con determinadas situaciones.

Actualmente, está garantizada la vacunación a los recién nacidos en su esquema regular y al personal de salud contra el neumococo e influenza en todo el país.

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