Grupos de familias que viven en el Asentamiento Humano Yanacoto expresaron su desacuerdo con el plan del Ministerio de Energía y Minas (Minem) de obligarles a abandonar sus hogares el 16 de agosto.

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El lugar donde se llevó a cabo esta protesta fue en el Km 29.7 de la Carretera Central, en Lurigancho, Chosica. Oficiales de la Policía Nacional del Perú (PNP) se presentaron en la zona para de restablecer el tráfico vehicular que había sido afectado por la manifestación.

De acuerdo con un participante en la manifestación, el Minem busca apropiarse de una inversión de 15 millones de dinero, acumulada por los empleados de Adertel durante 45 años. A pesar del contrato de cesión de uso suscrito en 1985 que lo requiere, el ministerio no ha restituiría ninguna parte de esa suma, generando controversia en la situación.

Comunicado del Ministerio de Energía y Minas

A través de sus redes sociales el Ministerio de Energía y Minas emitió un comunicado oficial.


Con referencia a informaciones difundidas en algunos medios de comunicación, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) cumple con precisar lo siguiente:

· El terreno ubicado en el Fundo Chacra Sana, sector “Potreros Piedra Grande” y “Santa Rosa” del distrito de Santa Eulalia, provincia de Huarochirí, Lima, es propiedad del MINEM y ello fue ratificado con sentencia judicial confirmada desde el año 2018

· La propiedad del referido terreno fue transferida por Electrolima S.A. al MINEM el 17 de agosto de 1997, mediante contrato de donación, derecho que se encuentra debidamente inscrito en los Registros Públicos.

· En 1980, Electrolima S.A. había suscrito un contrato de cesión en uso del terreno en favor de la Asociación Deportiva y Recreacional de los Trabajadores de Electrolima -ADERTEL, con un plazo de duración de 30 años. En este terreno opera hoy un club campestre administrado por esta asociación.

· Transcurrido el plazo del contrato de la cesión en uso, en el año 2010 el MINEM solicitó a ADERTEL la entrega del bien inmueble de su propiedad, sin resultados positivos.

· Ante la negativa de entrega del bien inmueble, con fecha 25 de noviembre de 2011 se interpuso demanda sobre extinción de contrato, entrega de bien y desalojo por ocupación precaria contra ADERTEL.

· La demanda fue declarada FUNDADA por el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Ate, mediante Sentencia de fecha 28 de febrero de 2017, confirmada por la Sala Civil Superior Descentralizada de Ate el 9 de abril de 2018, y por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, mediante resolución con fecha 21 de setiembre de 2020, rechazando las pretensiones impugnativas de ADERTEL, con lo se ha agotado la vía jurisdiccional

· El proceso judicial se encuentra en etapa de ejecución de sentencia, habiéndose requerido al demandado ADERTEL que cumpla con entregar el inmueble bajo apercibimiento de lanzamiento, conforme a lo ordenado por el órgano jurisdiccional.

El MINEM ratifica que viene actuando conforme a ley y llama a los medios de comunicación a no difundir información tergiversada con la que se busca confundir a la opinión pública para no acatar lo dispuesto por la justicia.

Lima, 11 de agosto de 2023



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