Los servicios de transportes de pasajeros por vías de navegación interiores por ríos y lagos también podrán contar con aforo al 100%. (Foto: Alessandro Currarino / GEC)
Los servicios de transportes de pasajeros por vías de navegación interiores por ríos y lagos también podrán contar con aforo al 100%. (Foto: Alessandro Currarino / GEC)

El Poder Ejecutivo dispuso la ampliación del aforo del 50% al 100% en los servicios de transporte marítimo y cabotaje de pasajeros, incluido para actividades de , en el marco de la fase 4 de la .

A través del Decreto Supremo Nº 183-2020-PCM, publicado este viernes en el diario oficial “El Peruano”, se realizaron algunas modificaciones a las actividades económicas que contaban con autorización para volver a operar.

La norma detalla que los servicios de transportes de pasajeros por vías de navegación interiores por ríos y lagos también podrán contar con aforo al 100%, incluido el transporte turístico nacional.

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La fase 4 de la reactivación económica tuvo inicio el pasado 1 de octubre. Mediante el , se dio a conocer las actividades que reanudaron sus operaciones, en algunos casos de forma parcial.

La norma publicada hoy menciona que se ha decidido también eliminar la referencia al transporte de carga, dado que este ya se encuentra habilitado desde el inicio del Estado de Emergencia Nacional y la aplicación del 50% de su aforo comprometería la operatividad del servicio.

El decreto especifica que para la realización de todas las actividades de la fase 4 las personas deberán respetar el distanciamiento social y el uso de mascarillas.

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