La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) informó este jueves que toda actividad que se realice en la vía pública deberá contar con autorización de interferencia de vías, según lo establece la Ordenanza N° 1680-2013-MML.
A través de un comunicado publicado en sus redes sociales, la comuna detalló que, las personas naturales o jurídicas que incumplan con lo mencionado serán “susceptibles de una multa que asciende a una (1) UIT vigente, sin perjuicio de la suspensión de la actividad correspondiente”.
Autorización de la MML
Asimismo, la Municipalidad indicó que “para obtener la autorización de interferencia de vías por evento el interesado debe solicitar la autorización con 15 días hábiles de anticipación a su realización”.
“La solicitud debe indicar los datos personales o razón social (nombre, DNI, RUC, correo electrónico y teléfono), el plano de ubicación o croquis del lugar a interferir y la propuesta de interrupción de vías (plano de desvío), plano de detalle y distribución”, agrega el documento.
También debe realizar los pagos correspondientes: S/ 55.00 por inspección ocular (Cód. 2044) y S/ 81.20 por interferencia de una vía (Cód. 2045).