Modelos de contrato de alquiler de casa, habitación, departamento y local
Modelos de contrato de alquiler de casa, habitación, departamento y local

Un contrato de alquiler es un acuerdo del propietario de una vivienda y su inquilino para estipular el precio, la clase y la duración de su pase por dicha propiedad. Es muy importante poner mucha atención en las cláusulas para evitar problemas en el futuro.

Es importante destacar que en abril del 2019, se aprobó la "Ley del Inquilino Moroso", la cual regula el desalojo con solo una intervención notarial, y no a nivel judicial donde se hacia antiguamente. Ahora sí, vamos a los ejemplos.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Conste por el presente contrato que celebran de una parte como ARRENDADORA la Sra identificada con DNI N° , con domicilio en la _________________________________________; y de la otra parte como EL ARRENDATARIO, el señor(a) ___________________________ . identificada con DNI N° _______________ y domiciliada en la __________________ ; quienes convienen de mutuo acuerdo y regulado por las leyes vigentes sobre la materia, en los términos y condiciones siguientes:

ANTECEDENTES:

PRIMERA.- EL ARRENDADOR es propietaria del inmueble ubicado en la ______________________________________________ y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida N° ............., del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, cuya área, linderos y medidas perimétricas se hallan consignadas en el referido documento registral.

SEGUNDA.- EL ARRENDADOR deja constancia que el inmueble al que se refiere la cláusula anterior se encuentra desocupado, en buen estado de conservación y habitabilidad, y sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario.

OBJETO DEL CONTRATO:

TERCERA.- Mediante el presente contrato EL ARRENDADOR da en alquiler al ARRENDATARIO, el inmueble descrito en la cláusula primera para destinarlo únicamente a vivienda, el cual es recibido en perfecto estado de operatividad, conforme a lo señalado en la cláusula segunda. Por su parte, el ARRENDATARIO se obliga a pagar a EL ARRENDADOR el monto de la renta pactada en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad convenidas.

RENTA: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:

CUARTA.- Las partes acuerdan que el monto de la renta que pagará EL ARRENDATARIO, en calidad de contraprestación por el alquiler del inmueble, asciende a la suma de S/.______________ (_____________________________ y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, cantidad que será cancelada en dinero, en la forma y oportunidad a que se refiere la cláusula siguiente. A la firma del presente contrato EL ARRENDATARIO, entrega al ARRENDADOR, la suma de S/.________________ (______________________ y 00/100 Nuevos Soles), correspondiente al mes adelantado de ____________, y; la suma de S/. _____________ (___________________ y 00/100 nuevos soles), por concepto de tres mensualidades adelantadas en garantía del pago, los cuales no generaran intereses ni rentas y serán devueltas a la entrega del bien, previa verificación del cumplimiento de todos los pagos a los que esta obligado EL ARRENDATARIO.

QUINTA.- La forma de pago de la renta será por mensualidades adelantadas que el ARRENDATARIO pagará en el domicilio de EL ARRENDADOR, el primer día útil de cada mes.

PLAZO DEL CONTRATO:

SEXTA.- El plazo del presente contrato es de un año, el cual regirá a partir del ____________________________hasta el __________________________, a cuyo

vencimiento podrá renovarse con el acuerdo de ambas partes, pudiendo variar las condiciones establecidas en el presente contrato, en cuanto al plazo, monto de la renta y uso del bien.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

SÉPTIMA.- EL ARRENDADOR se obliga a entregar el bien objeto de la prestación a su cargo en la fecha establecida en el presente contrato, la misma que se verificará con la entrega de las llaves.

OCTAVA.- EL ARRENDATARIO se obliga a pagar puntualmente el monto de la renta, en la forma, oportunidad y lugar pactados, con sujeción a lo convenido en las cláusulas cuarta y quinta.

NOVENA.- Asimismo, EL ARRENDATARIO está obligado a pagar puntualmente el importe de todos los servicios públicos, tales como agua y desague, energía eléctrica y otros suministrados en beneficio del bien. Igualmente se incluye en esta cláusula la obligación de pagar los tributos municipales de parques y jardines, relleno sanitario, serenazgo y otros que graven el bien arrendado, con excepción del impuesto predial el cual corresponde exclusivamente al ARRENDADOR. También deberá pagar cualquier derecho municipal que por Licencia Municipal, obtenga EL ARRENDATARIO.

DÉCIMA.- EL ARRENDATARIO está obligado a permitir la inspección del bien arrendado por parte del ARRENDADOR, para cuyo efecto éste deberá cursar previo aviso por escrito, con una anticipación no menor de dos días. Queda convenido que forma parte de la inspección del bien arrendado, la exhibición de los recibos debidamente cancelados correspondientes a los servicios y tributos que se refiere la cláusula novena.

DÉCIMO PRIMERA.- EL ARRENDATARIO está obligado a efectuar por cuenta y costo propio las reparaciones y mantenimientos que sean necesarios para conservar el bien en el mismo estado en que fue recibido.

DÉCIMO SEGUNDA.- EL ARRENDATARIO queda prohibido de introducir mejoras, cambios o modificaciones internas y externas en el bien arrendado, sin el consentimiento expreso y por escrito de EL ARRENDADOR. Todas las mejoras inclusive las de recreo, serán de beneficio de EL ARRENDADOR, sin obligación de pago alguno.

DÉCIMO TERCERA.- EL ARRENDATARIO no podrá ceder a terceros el bien materia del presente contrato bojo ningún título, ni subarrendarlo, total o parcialmente, ni ceder su posición contractual, salvo que cuente con el consentimiento expreso y por escrito de EL ARRENDADOR, en cuyo caso se suscribirán los documentos que fueren necesarios.

DÉCIMO CUARTA.- EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar el bien arrendado en la fecha de vencimiento del plazo estipulado en la cláusula sexta de este contrato, salvo renovación del mismo.

CLAUSULA PENAL:

DÉCIMO QUINTA.- En caso de incumplimiento de lo estipulado en la cláusula décimo cuarta, EL ARRENDATARIO deberá pagar en calidad de penalidad compensatorio un importe ascendente a S/. 35.00 (Treinta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), por cada día de demora en la entrega del bien.

CLAUSULA DE GARANTÍA:

DÉCIMO SEXTA.- En la fecha de suscripción del presente documento EL ARRENDATARIO entrega a EL ARRENDADOR la suma de S/. .......... (......... y 00/100 nuevos soles) equivalente a un mes de renta, en calidad de depósito, en garantía del absoluto cumplimiento de todas las obligaciones asumidas en virtud de este contrato. El mencionado depósito en garantía le será devuelto al ARRENDATARIO sin intereses o rentas, al vencimiento del presente contrato, siempre que no haya sido renovado, y una vez verificado el estado de conservación y funcionamiento del bien arrendado. Las partes dejan establecido que el depósito en garantía, no podrá ser destinado a cubrir el pago de la renta de ningún período.

CLAUSULA DE CONSTITUCIÓN DE GARANTE:

DÉCIMO SÉPTIMA.- Las partes acuerdan que a fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato intervendrá como garante solidario el señor ........................................................................., quién responderá de igual forma que EL ARRENDATARIO, por las obligaciones asumidas por éste.

CLAUSULA DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS:

DÉCIMO OCTAVA.- Ambas partes acuerdan de manera voluntarias que toda desavenencia, litigio o controversia que pudiera derivarse de este contrato, convenio o acto jurídico, incluidas las de su nulidad o invalidez, serán resueltas a través del arbitraje popular, mediante fallo definitivo, de conformidad con los Reglamentos del Centro de Arbitraje Popular “ARBITRA PERU”, a cuya administración, reglamentos y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad, el arbitraje será de derecho y será resuelto por árbitro único, el mismo que será elegido por el Centro de Arbitraje “Arbitra Perú”. Asimismo las partes acuerdan conceder al árbitro las facultades para la ejecución forzosa del laudo; estas facultades comprenden hasta el último acto procesal antes del uso de la fuerza pública. En señal de conformidad las partes suscriben el presente contrato en la ciudad de Lima a los _____ días del mes de __________ de 2011.

ARRENDADOR ARRENDATARIO GARANTE

Es uno de los contratos más complicados por la opción a compra, y se parece mucho al brindado por el Minjus, arriba, pues solo debes aplicar una cláusula sobre la opción a compra. Te sugerimos adecuar esta clausula y modificarlo a tu parecer.

DÉCIMO NOVENA.- OPCIÓN DE COMPRA. La opción de compra concedida a la parte arrendataria-optante se regulará por lo libremente estipulado por las partes en esta cláusula, en concreto:

1.- Prima: la presente opción de compra se establece a título gratuito (………. En caso de que se establezca una cantidad como pago inicial se pondrá en este lugar, y se añadirá a esta cláusula que dicha cantidad no se devolverá al arrendatario-optante en caso de no ejercer la opción de compra).

2.- Plazo: la concesión de la presente opción de compra podrá ejercerse por el arrendatario-optante hasta el momento del vencimiento del presente contrato de conformidad con lo establecido en la estipulación Segunda, caducando la opción al vencimiento del mismo sin que pueda abarcar cualquier supuesta tácita reconducción.

3.- Precio: las partes acuerdan establecer el precio de la compraventa en la cantidad fija de …………. soles, más los impuestos, cargas y tributos que según ley sean aplicables a la operación. Sobre esta cantidad se descontarán los siguientes porcentajes en función del momento en que se ejercite la opción de compra:

  1. Se realizará un descuento-incentivo del 10% sobre el precio establecido para la compraventa en el caso de que la opción de compra se ejerza durante el primer año de arrendamiento. Además, en este caso, sobre el precio resultante se descontará un 100% de la renta pagada hasta el momento de ejercer la opción.
  2. Se realizará un descuento-incentivo del 5% sobre el precio establecido para la compraventa en el caso de que la opción de compra se ejerza durante el segundo año de arrendamiento. Además, en este caso, sobre el precio resultante se descontará un 80% de la renta pagada hasta el momento de ejercer la opción.