El ministro de Educación, Morgan Quero, en su papel negado, pero real, de fiel e incondicional escudero de Dina Boluarte. (Foto: Minedu)
El ministro de Educación, Morgan Quero, en su papel negado, pero real, de fiel e incondicional escudero de Dina Boluarte. (Foto: Minedu)

Por calificar de “práctica cultural” a las violaciones de menores de la etnia , en el departamento de Amazonas, los ministros de Educación, , y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Teresa Hernández, deberán responder ante el Ministerio Público al estar denunciados penalmente por el presunto delito de discriminación e incitación a la discriminación.

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Morgan Quero y serían inhabilitados, aunque ello al final de un eventual proceso penal que los halle culpables.

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En posteriores declaraciones, Morgan Quero y Teresa Hernández “aclararon” que no dijeron... lo que todos los peruanos han visto que sí declararon al mencionar una “práctica cultural”.


Sus dichos los condenan

La congresista Ruth Luque (CD- JPP) presentó la denuncia penal que se sustenta en las dichos de ambos que, alerta, minimizan y justifican la violencia sexual contra niñas y niños indígenas en la provincia de Condorcanqui.

La legisladora precisó que la violencia sexual contra menores no puede ser considerada una “práctica cultural”, como lo sugirió Morgan Quero y luego respaldó Teresa Hernández, ya que decir eso viola el derecho a la identidad étnica y no discriminación.


Disvalor y delito

“Así pues es importante señalar (que) las declaraciones de los ministros resultan discriminatorias toda vez que la lógica del disvalor empleado por dichas personas para referirse a los casos de violación sexual contra niñas y niños de los pueblos indígenas Awajún y Wampis no se aplicarían en el contexto de las escuelas de Lima”, se lee en el documento de la congresista Luque.


Denuncia ante Fiscalía

La denuncia penal de 25 páginas se presentó a la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad de Lima, ante la que los ministros deberán responder.

El artículo 323 del Código Penal tipifica la discriminación e incitación a la discriminación y sanciona con hasta 4 años de prisión.


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