Los adolescentes de 16 y 17 años serán incorporados como sujetos imputables dentro del sistema penal, al disponerlo la Ley 32330, publicada ayer con la firma de la presidenta Dina Boluarte.
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Es decir, si cometen crímenes, delitos muy graves, los menores serán sancionados como imputables mayores de edad, según la ley.
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Sin embargo, el Poder Judicial dijo que era “inconstitucional” y dejó abierta la puerta para que jueces no apliquen la norma.
Menores delincuentes
Con la Ley 32330 se modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para acabar con la impunidad de que gozan los citados menores que cometan delitos graves como extorsión, sicariato y violación sexual, entre otros crímenes por los que hoy reciben medidas socioeducativas y a poco tiempo salen libres.
Trato diferenciado
Si cometen los delitos señalados en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal, se les aplicará la responsabilidad penal ordinaria.
Empero, los menores condenados tendrán un tratamiento diferenciado por edad y un régimen penitenciario especial que los tendrá separados de los adultos.
ONG prodelincuentes
“Pese a la férrea oposición de las ONG prodelincuentes y de algunos organismos internacionales, se oficializó la Ley 32330 que elimina la inimputabilidad para los menores de 16 y 17 años que cometan (...) crímenes graves. ¡Delito de adulto, pena de adulto!”, destacó el congresista Alejandro Muñante, impulsor de la norma.
Poder Judicial, Ministerio Público, Policía e Inpe deben emitir, en no más de 60 días, la normativa complementaria para implementar la ley.
¡No la apliquen!
En cambio, en clara sugerencia a no acatar la norma, el Poder Judicial -que ayer la calificó de inconstitucional- señaló que los jueces “están facultados para ejercer control difuso e inaplicar esta ley” cuando sea “contraria a la Constitución o a los tratados internacionales”.
Tener de 16 a menos de 18 años ya no dará impunidad, según la ley que el Poder Judicial pretende que no se aplique.
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