Vladimir Cerrón en el mitin de cierre de primera vuelta de Pedro Castillo. (FOTOS: VIOLETA AYASTA / GEC)
Vladimir Cerrón en el mitin de cierre de primera vuelta de Pedro Castillo. (FOTOS: VIOLETA AYASTA / GEC)

La Corte Superior de Justicia de Ayacucho declaró improcedente la demanda de habeas corpus a favor de Vladimir Cerrón Rojas y otros 17 ex funcionarios del Gobierno Regional de Junín.

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Como se recuerda, la defensa del fundador de Perú Libre buscaba anular la orden de allanamiento y detención contra diversas personas implicadas en el Caso “Los Dinámicos del Centro”.

Cerrón y exfuncionarios de su gestión viene siendo investigados por este caso por los presuntos delitos de aprovechamiento indebido del cargo, tráfico de influencia, negociación incompatible, concusión, cohecho pasivo propio y cohecho activo genérico. Ello, por presuntas irregularidades cometidas en el gobierno regional de Junín.

La resolución fue aprobada por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Junín.

De otro lado, la Procuraduría General del Estado informó que el procurador del Poder Judicial presentó la apelación contra la decisión que tomó el juez de Huancavelica, Alain Salas, quien anuló las sentencias en dos instancias en contra del exgobernador Vladimir Cerrón.

El juez de Investigación Preparatoria de Acobamba, en Huancavelica, Alain Salas, declaró fundado en parte el hábeas corpus que fue presentado por Randy Félix de la Cruz sobre una supuesta vulneración en el derecho a la motivación en las resoluciones que, en primera y segunda instancia, sentenciaron a Vladimir Cerrón por el delito de negociación incompatible en agravio del Estado, en el caso de la obra “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de la ciudad de la Oroya”

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Entre los argumentos del magistrado para declarar fundado el hábeas corpus a favor de Cerrón, las resoluciones judiciales “no desarrollan los hechos que supuestamente habría realizado” el exgobernador regional de Junín. Por lo tanto, asegura, la conclusión de las sentencias sería “de una presunción de culpabilidad, que colisiona con derecho a la presunción de inocencia”.

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